ACLARACIÓN PERMISO RETRIBUIDO DE 5 DÍAS POR HOSPITALIZACIÓN, ENFERMEDAD GRAVE O INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE UN FAMILIAR

Son muchas las dudas surgidas entre los trabajadores por este permiso, con lo que trataremos de aclararlo en el siguiente resumen:

Según la ley actual en España (modificada a través del Real Decreto‑ley 5/2023 y confirmada por sentencias), el permiso retribuido de 5 días laborables por hospitalización, enfermedad grave o intervención quirúrgica de un familiar de hasta segundo grado (primer grado incluye padres, hijos, cónyuge) se disfruta íntegramente, incluso si la hospitalización dura menos de cinco días, siempre que persista la situación que motiva el permiso:

🏥 ¿Cuándo se tienen derecho a los 5 días?
• El artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores reconoce 5 días laborables por:
• accidente o enfermedad graves,
• hospitalización,
• o intervención quirúrgica sin ingreso que requiera reposo domiciliario
• Aplica al cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta segundo grado, etc. 

🚨 ¿Se corta el permiso cuando el familiar es dado de alta hospitalaria?

No. La Audiencia Nacional, mediante sentencia SAN‑SOC 101/2024 (jul 2024), determinó que si la hospitalización dura menos de 5 días pero existe prescripción médica de reposo domiciliario, la persona trabajadora sigue teniendo derecho a disfrutar los cinco días completos .

Además, se interpreta que ni siquiera es necesario que haya reposo firmado: basta que no se haya producido el alta médica definitiva. El permiso está pensado para cubrir la necesidad de cuidado, en hospital o en casa .

Tienes derecho a los 5 días completos, no solo si el familiar continúa ingresado esos días.

Resumen:
• ✅ Permiso de 5 días laborables por hospitalización o enfermedad grave de familiar de primer grado.
• ✅ No hay que terminar el permiso al alta hospitalaria, siempre que no haya alta médica.
• ✅ Incluso si la estancia fue breve, no se reduce el permiso.
• ✅ Solo se termina cuando el familiar recibe alta médica general.

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